Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2003 (01/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 1 de junio de 2003
ANEXO 6 NORMAS DEL BENEFICIO

d) Memoria Descriptiva que incluya lo siguiente: - Cronograma de avance. - Abastecimiento y consumo de energia electrica, de vapor de agua y otras formas de generacion de energia que se contemple. - Aprovisionamiento y consumo de agua potable, fria y caliente. - Sistema de tratamiento y eliminacion de aguas servidas. - Diagrama esquematico del flujo de operaciones para el caso de beneficio de aves. 2. La solicitud de construccion del Centro de Beneficio debera anunciarse publicamente mediante avisos sufragados por el interesado durante 3 dias no consecutivos en el diario de mayor circulacion de la localidad. 3. Las oposiciones que se formulen se interpondran dentro de los seis (6) dias utiles de publicado el ultimo aviso. 4. Los Organos Desconcentrados del SENASA, organizaran el expediente tecnico el cual, previa verificacion de las condiciones de Aislamiento del Centro de Beneficio y/o Centro de Acopio sera presentado con las recomendaciones del caso, elevando dicho expediente al organo correspondiente de mayor jerarquia a nivel central, acompanado del informe respectivo para su evaluacion y tramite. 5. Este organo del nivel central, autorizara o denegara la solicitud en un plazo no mayor de 30 dias naturales, bajo responsabilidad y mediante resolucion motivada debidamente fundamentada; las oposiciones se resolveran en la misma resolucion que otorgue o deniegue el permiso solicitado. 6. La construccion del Centro de Beneficio y/o Centro de Acopio se realizara de acuerdo a los planos aprobados, y las modificaciones deberan ser efectuadas con la autorizacion del SENASA. ANEXO 5 PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACION DE APERTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE BENEFICIO O CENTROS DE ACOPIO 1. El interesado presentara al Organo desconcentrado del SENASA de su jurisdiccion, una solicitud adjuntando los siguientes documentos: a) Plan normal de operaciones. b) MORDAZA del Titulo profesional y documento de identidad del profesional responsable, preferiblemente Medico Veterinario con experiencia en centros de beneficio o acopio, segun sea el caso, responsable de la inspeccion sanitaria, la misma que se presentara con las formalidades previstas en la MORDAZA sobre procedimientos administrativos. c) Relacion del personal que se encargara de las actividades tecnicas en el establecimiento. Nota: El cambio, salida o ingreso de un personal al camal debera ser comunicado de inmediato al SENASA para su correspondiente evaluacion y aprobacion. De terminar la relacion contractual con el profesional responsable, debera contratarse otro que cumpla con las exigencias en un plazo MORDAZA de un mes. 2. La dependencia receptora realizara inspeccion ocular, emitira un informe tecnico referido a la conclusion de las obras e instalaciones remitiendo el expediente con un informe a la Direccion General de Sanidad Animal de la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria para su evaluacion y tramites. 3. El Organo desconcentrado del SENASA de la jurisdiccion expedira la Resolucion de autorizacion de funcionamiento en un plazo no mayor de 30 dias utiles, contados a partir de la fecha de MORDAZA de la mencionada solicitud. 4. Al haberse emitido la Resolucion de autorizacion de funcionamiento, que es requisito previo para su inicio de operaciones, todo Centro de Beneficio y Centros de Acopio de Aves quedara registrado automaticamente en la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, con un numero oficial de identificacion.

El beneficio de las aves se realizara de la manera siguiente: 1. Las personas que intervengan en el beneficio de las aves deberan lavarse cuidadosa y obligatoriamente las manos con jabon bactericida, escobilla para unas y agua potable MORDAZA de iniciar el trabajo, despues de hacer uso de los servicios higienicos o de manipular materias contaminantes y cuando fuere necesario. El beneficio se iniciara con la vestimenta apropiada y en buenas condiciones. 2. Durante el beneficio, el profesional responsable del establecimiento y el personal del MORDAZA de benefico, dispondran de los utensilios necesarios para su labor de acuerdo a la actividad que realicen y al nivel tecnologico de la planta. 3. El equipo, accesorios, cuchillos, mesas, sierras y recipientes deberan limpiarse y desinfectarse con regularidad durante la jornada de trabajo. 4. MORDAZA de ser beneficiadas las aves seran examinadas a satisfaccion del profesional responsable del establecimiento. 5. Las aves seran insensibilizadas o aturdidas con medios apropiados. 6. El deguello, sangrado, escaldado y desplume ser MORDAZA con el ave suspendida de las patas, el agua del escaldado estara sujeta a renovacion. 7. En la operacion de desplume, las plumas deberan ser conducidas a la MORDAZA de subproductos, o de desechos evitando la acumulacion de las mismas en el area de beneficio. 8. La evisceracion se efectuara a continuacion del sangrado, desplumado y evitando que la descarga de las visceras y menudencias, contenidos en la cavidad abdominal, genere mayor contaminacion. 9. La inspeccion de los apendices y las visceras debera realizarse sobre mesas o en suspension. 10. El MORDAZA exterior de las carcasas se MORDAZA por aspersion utilizando agua potable, durante toda la etapa de evisceracion, e interiormente una vez culminada. 11. El procesamiento de las menudencias se realizara sobre las mesas o en las maquinarias ad-hoc. 12. Cuando la forma del beneficio afecte la limpieza de las carcasas y visceras y la eficacia de la inspeccion, el Inspector del Centro de Beneficio dictara las disposiciones correctivas pertinentes, suspendiendo las operaciones temporalmente si fuera necesario, hasta que la administracion del camal o el personal corrija las deficiencias. 13. Cuando se faenen especies diferentes (patos, pavos, gallinas, etc.) en un mismo Centro de Beneficio, Esta labor se realizara en horarios distintos y previa desinfeccion total de los ambientes y equipos entre ambos procesos. 14. No esta permitida la presencia de animales domesticos (perros, gatos, etc.) en las zonas de beneficio, menudencias, y otras que signifiquen riesgo sanitario, bajo responsabilidad de la administracion. ANEXO 7 PROCEDIMIENTOS DE INSPECCION POST ­ BENEFICIO SANGRE.- Se debe apreciar su color y coagulacion. CABEZA.- La MORDAZA debera ser inspeccionada incluyendo las cavidades oral y nasal. APARATO GASTRO-INTESTINAL.- Examen visual del estomago glandular, molleja e intestinos. El esofago debera separarse de la traquea y examinarse visualmente. HIGADO.- Examen visual y palpacion de todo el organo. PULMONES.- Examen visual y palpacion de todo el organo. CORAZON.- Examen visual despues de haber abierto el pericardio. De ser necesario se MORDAZA una o mas incisiones desde la base hasta el vertice, o bien podra proceder-

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