Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2016 (03/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Artículo 3.- De la intervención de las Fuerzas Armadas La intervención de las Fuerzas Armadas se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1095, que establece las Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional. Artículo 4.- Estado de Derecho La intervención de las Fuerzas Armadas, conforme a la presente Resolución Suprema, no implica en modo alguno la restricción, suspensión ni afectación de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política del Perú, las leyes y los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos de los que el Perú es parte. Artículo 5.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior 1423820-8

Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú a Ecuador, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 267-2016-IN Lima, 2 de setiembre de 2016 VISTOS; la Carta N° 035/AMERIPOL-SECRETARÍA EJECUTIVA, de fecha 13 de enero de 2016, de la Secretaría Ejecutiva de la Comunidad de Policías de América (AMERIPOL); y, el Memorándum Múltiple N° 78-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 4 de marzo de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, con Carta N° 035/AMERIPOL-SECRETARÍA EJECUTIVA, de fecha 13 de enero de 2016, la Secretaría Ejecutiva de la Comunidad de Policías de América (AMERIPOL), hizo de conocimiento a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú que la Dirección Nacional de Educación de la Policía Nacional del Ecuador, desarrollará el "Primer Coloquio Internacional sobre Buenas Prácticas Operacionales en Derechos Humanos para Altos Mandos de las Policías de América Latina", del 14 al 16 de setiembre de 2016, en la ciudad de San Francisco de Quito - República del Ecuador; por tal motivo solicitan autorizar a un (1) funcionario policial en el grado de General o Coronel, responsable del área operativa, a fin de que participe en calidad de discente en el evento académico en mención; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 65-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 1 de marzo de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en misión de estudios, del 13 al 16 de setiembre de 2016, a la ciudad de San Francisco de Quito - República del Ecuador, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Víctor José Zanabria Angulo, para que participe en el evento académico indicado en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Múltiple N° 78-2016-DIRGENPNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 4 de marzo de 2016, la

Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprobó la propuesta mencionada en el considerando anterior, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa de viaje correspondiente y señalando que el mismo irrogará gastos al Estado; Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento académico indicado, redundarán en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido; debiendo señalarse que los gastos que irrogará dicha participación, por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los gastos de alojamiento, alimentación, seguro médico internacional y transporte interno (desplazamiento aeropuerto - hotel/ hotel aeropuerto), serán asumidos por el Gobierno Ecuatoriano y el Comité Internacional de la Cruz Roja; Que, el numeral 3) del artículo 13° del Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, asimismo, el artículo 3° del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, que aprueba el reglamento de viajes al exterior del personal Militar y Civil del sector Defensa, cuyo alcances se hace extensivo al personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN del 11 de marzo de 2009, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende entre otras la modalidad Misión de Estudios; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en misión de estudios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Víctor José Zanabria Angulo, del 13 al 16 de setiembre de 2016, a la ciudad de San Francisco de Quito - República del Ecuador, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

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