Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2007 (28/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

350347

personas senaladas en dicho informe, por la presunta comision de delitos; Registrese, comuniquese y cumplase. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA 89385-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA
Declaran nulidad del Acuerdo Nº 092006/MDA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 038-2007/MDA MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA, PROVINCIA DE CANETE, DEPARTAMENTO DE MORDAZA VISTOS: El Acta de Sesion de Concejo de fecha 13 de MORDAZA del 2007, el Acuerdo de Concejo Nº 009-2006-MDA, el Recurso de Reconsideracion de fecha 31/5/2007, presentada por la Empresa A & W Consultores y Representaciones SRL. y el Informe Legal Nº 01-2007/MDA de fecha 18 de enero del 2007, el Informe Nº 54-2007-AL/MDA de fecha 27 de junio del 2007; CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo de Concejo Nº 009-2006-MDA de Vistos, da cuenta declarar sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 006-2006-MDA, que exonero de MORDAZA de seleccion la contratacion de la empresa "A & W Consultores y Representaciones SRL.", respecto de servicios de asesoria, soporte tecnico y apoyo en la recaudacion en los procedimientos de Fiscalizacion Tributaria, no Tributaria y Administrativa en la jurisdiccion Distrital de MORDAZA, el cual concluye con la expedicion del citado Acuerdo de Concejo;

Que, el Recurso de Reconsideracion, presentado por la Empresa A&W Consultores y Representaciones SRL. de fecha 31 de MORDAZA del 2007, en la cual los actores manifiestan su deseo de seguir trabajando de acuerdo al contrato suscrito por la Empresa y la Municipalidad de fecha 9/6/2006, el cual fue aprobado por Acuerdo de Concejo 06-2007/MDA de fecha 25/5/2006, ratificado por Adenda suscrita con fecha 4 de febrero del 2007 de acuerdo al Informe de Asesoria Legal Nº 01-2007-AL/ MDA y que fue interrumpido por la anulacion del precitado Acuerdo de Concejo por otro Nº 09-2006/MDA de fecha 14/7/2006, y piden en Recurso de Reconsideracion la nulidad de Pleno Derecho del ultimo Acuerdo indicado y la continuidad del contrato que como resultado del primer Acuerdo de Concejo se suscribio y se ratifico con la Adenda entre la Empresa y la Municipalidad; Que el Informe de Asesoria Legal Nº 054-2007/AL/ MDA, manifiesta que se encuentra expedita la via por la cual el Concejo en pleno puede ANULAR el Acuerdo de Concejo Nº 09-2007/MDA, ya que si bien este acuerdo anulo el anterior acuerdo de Concejo, no hizo lo mismo con la consecuencia de aquel, que se convierte en un Acto Juridico, el cual solo puede ser anulado por una Nulidad de Acto Juridico, el cual no se ha llevado a cabo y por lo tanto la validez del contrato suscrito entre la Empresa y la Municipalidad mantiene su vigencia; Que si bien es MORDAZA en virtud al contrato en mencion, este tenia fecha de vencimiento el 30 de diciembre del 2006, tambien estipula en su contenido que este puede ser prorrogado de comun acuerdo, siempre y cuando los objetivos todavia no se han logrado, lo que trajo como consecuencia la firma de la Adenda, con la cual la Empresa tiene la via expedita para continuar trabajando hasta lograr los objetivos, manifestados en el contrato en mencion; Estando en los considerandos que preceden y con las facultades contenidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27979, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la NULIDAD, del Acuerdo de Concejo Nº 09-2006/MDA de fecha 14/7/2006. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Articulo Tercero.- Encargar al Area de Logistica y Servicios Auxiliares, la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. MORDAZA HUASASQUICHI MORDAZA del distrito de MORDAZA - Canete 89765-1

PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Proyecto de modificaciones al "Procedimiento para la Determinacion del Precio Basico de la Potencia" y su Exposicion de Motivos
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 426-2007-OS/CD MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO Que, para determinar los Precios en MORDAZA, de conformidad con los literales e) y f) del Articulo 47º del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas (en adelante, "LCE"), y el Articulo 126º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93EM, el subcomite de Generadores y el subcomite de Transmisores, en la actividad que les corresponda, efectuaran entre otros, los calculos correspondientes para determinar la anualidad de la inversion de la unidad generadora mas economica para suministrar potencia adicional durante las horas de demanda MORDAZA anual del sistema electrico y del Precio Basico de Potencia; Que, el ultimo parrafo del Articulo 126º del Reglamento de la LCE dispone que la Comision (hoy OSINERGMIN), apruebe los procedimientos necesarios para la aplicacion de lo senalado en el considerando anterior; Que, en ese sentido, y conforme a los requisitos establecidos en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia

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